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Guía Rápida para Solicitar una Mediación y Emisión de Certificado de Inasistencia

En Punto de Mediación, estamos comprometidos con facilitarte la resolución de conflictos de forma rápida, eficiente y conforme a la normativa vigente. A continuación te explicamos paso a paso cómo solicitar una mediación y qué sucede si alguna de las partes no asiste a la sesión informativa.


Guía Rápida para Solicitar una Mediación

Guía Rápida para Solicitar una Mediación

a) Accede a nuestra página web:

  • Visita nuestra página web Punto de Mediación.
  • En la sección de “Solicitar Mediación”, encontrarás el formulario correspondiente para iniciar el proceso.

b) Completa el formulario de solicitud:

  • Datos personales: Incluye los datos de las partes involucradas en el conflicto (nombre, dirección, teléfono, etc.).
  • Descripción del conflicto: Explica brevemente el conflicto que deseas resolver. Esto nos ayudará a entender mejor tu caso y agendar la mediación de manera adecuada.

c) Revisión y confirmación:

  • Una vez enviado el formulario, nuestro equipo de mediadores se pondrá en contacto contigo para revisar los detalles y, en el caso de que la parte invitada acceda al procedimiento de mediación, comunicártelo.
  • La mediación puede ser presencial o por videoconferencia (usando Google Meet).

d) Programación de la mediación:

  • Nos pondremos en contacto para agendar la sesión de mediación. Nos aseguramos de que todas las partes involucradas confirmen su disponibilidad para la fecha acordada.

La Ley 1/2025, que regula la mediación como requisito procesal en ciertos conflictos, establece que las partes deben intentar resolver sus diferencias a través de mediación antes de acudir a los tribunales. Si una de las partes no asiste a la sesión informativa de mediación, se emite un certificado de inasistencia.

¿Qué incluye el certificado de inasistencia?

  • El certificado detallará la información sobre las partes involucradas: quiénes asistieron y quiénes no.
  • Se especificará que una de las partes no se presentó a la sesión de mediación y el motivo de la inasistencia, si es aplicable.
  • Este certificado está alineado con los requisitos establecidos en la Ley 1/2025 y puede ser utilizado como prueba de que se intentó la mediación previa al proceso judicial.

Si alguna de las partes no asiste a la mediación, nosotros generamos un certificado conforme a la normativa vigente. El certificado se envía por correo electrónico a las partes solicitantes, listo para ser utilizado en los procedimientos judiciales si fuera necesario. Va firmado digitalmente por nuestra Institución de Mediación, que está acreditada por el Ministerio de Justicia.

El certificado de inasistencia es fundamental para aquellos casos donde se requiere la mediación obligatoria antes de acudir a los tribunales. La Ley 1/2025 establece que las partes deben intentar resolver sus conflictos a través de la mediación antes de iniciar el proceso judicial. Si una parte no asiste, este certificado es esencial para poder continuar con el procedimiento judicial.

Sí, la mediación por videoconferencia es completamente válida y está reconocida por la Ley 1/2025. Las mediaciones realizadas de forma remota, usando plataformas como Google Meet, tienen los mismos efectos legales que las presenciales. Si alguna de las partes no asiste a la sesión virtual, también se emitirá el certificado de inasistencia.

  • Accesibilidad: Puedes realizar la mediación desde cualquier lugar, sin necesidad de desplazamientos.
  • Ahorro de tiempo y costos: La mediación remota es más económica y rápida.
  • Validez Legal: El certificado de inasistencia es válido para iniciar o continuar con el proceso judicial conforme a la Ley 1/2025.

Si tienes alguna duda o necesitas más información sobre el proceso de mediación, puedes contactarnos de las siguientes maneras: