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Adaptación a la Ley 1/2025: Mediación como Requisito Procesal

Adaptación a la Ley 1/2025: Mediación como Requisito Procesal

En Punto de Mediación, nuestra misión es ofrecer servicios de mediación que se ajusten a las necesidades de las personas y organizaciones, ayudándoles a resolver sus conflictos de manera eficiente, confidencial y justa. Para ello, garantizamos que nuestros servicios están alineados con la normativa vigente, incluida la Ley 1/2025, que regula la mediación como un requisito procesal en determinados conflictos.

La Ley 1/2025 establece la mediación como un requisito previo para acceder a la vía judicial en ciertas áreas del derecho, promoviendo la resolución extrajudicial de disputas. Esta ley tiene como objetivo reducir la saturación de los tribunales y fomentar métodos de resolución de conflictos que sean más rápidos, menos costosos y más satisfactorios para todas las partes involucradas.

Según esta legislación, antes de iniciar un proceso judicial, las partes deben intentar resolver su conflicto a través de un proceso de mediación, lo que permite un enfoque más colaborativo y menos adversarial. De esta manera, se busca que las partes lleguen a un acuerdo por sí mismas, con la ayuda de un mediador imparcial.

En Punto de Mediación, hemos adaptado todos nuestros procedimientos para cumplir con los requisitos de la Ley 1/2025, asegurando que nuestros servicios de mediación sean accesibles, eficaces y conformes con la nueva normativa.

En caso de conflicto, ofrecemos la posibilidad de acudir a la mediación antes de presentar una demanda judicial (mediación preprocesal). Esto facilita que las partes resuelvan sus disputas de manera rápida y eficiente, sin necesidad de recurrir a los tribunales.

Además, si el conflicto ya está siendo tratado por el sistema judicial, la mediación puede continuar como un proceso paralelo (mediación procesal), lo que permite que las partes lleguen a un acuerdo sin la necesidad de una sentencia judicial.

Todos nuestros mediadores están debidamente acreditados ante los organismos competentes, cumpliendo con los estándares establecidos por la Ley 1/2025. Esto garantiza que el proceso sea imparcial, neutral y conducido por profesionales altamente cualificados que facilitan la comunicación entre las partes y buscan soluciones equitativas.

Nuestros mediadores cuentan con una sólida formación y experiencia en diversas áreas del derecho y la resolución de conflictos, asegurando la mejor calidad en el servicio.

El mediador actúa con neutralidad, sin tomar partido por ninguna de las partes. Su función es ayudar a las partes a encontrar soluciones satisfactorias mediante el diálogo, respetando siempre los intereses de ambas.

Además, la confidencialidad es un principio fundamental de la mediación. Toda la información compartida durante el proceso no puede ser utilizada fuera de este contexto, garantizando la privacidad de los involucrados y generando un ambiente de confianza que favorezca la resolución pacífica de los conflictos.

Aseguramos que el proceso de mediación respete todos los derechos de las partes, tal como establece la Ley 1/2025. Las partes son libres de abandonar el proceso en cualquier momento y tienen derecho a recibir asesoramiento independiente si lo desean.

Además, en caso de que las partes lleguen a un acuerdo, el mediador puede elaborar un documento de acuerdo que, si las partes lo desean, podrá ser homologado judicialmente, convirtiéndolo en un acuerdo vinculante.

En Punto de Mediación, ofrecemos un asesoramiento claro y comprensible sobre el procedimiento de mediación, las implicaciones legales y las mejores opciones para cada caso. Acompañamos a las partes en cada paso, asegurando que comprendan sus derechos y las oportunidades disponibles para alcanzar una solución.

La mediación, como se regula en la Ley 1/2025, ofrece numerosos beneficios tanto para las partes involucradas como para el sistema judicial:

  • Resolución rápida y eficaz: La mediación permite resolver los conflictos en un plazo más corto que los procedimientos judiciales tradicionales.
  • Ahorro económico: Al ser un proceso extrajudicial, la mediación es significativamente más económica que los litigios judiciales.
  • Mejora la relación entre las partes: La mediación permite encontrar soluciones más satisfactorias y adaptadas a las necesidades de las partes.
  • Soluciones sostenibles y colaborativas: La mediación fomenta un enfoque de cooperación en lugar de confrontación.
  • Acceso a la justicia para todos: Al ser un proceso voluntario, la mediación facilita el acceso a la resolución de conflictos sin recurrir a procedimientos judiciales complejos.

En Punto de Mediación, estamos comprometidos con la implementación de la Ley 1/2025 y con ofrecer un servicio de mediación accesible, imparcial y de alta calidad. Nuestra experiencia y formación nos permite adaptarnos a las necesidades de las partes, garantizando la legalidad y la eficacia del proceso.

Estamos aquí para ayudarte a resolver tus conflictos de manera pacífica, colaborativa y conforme a la normativa vigente. Si tienes alguna duda sobre cómo iniciar el proceso de mediación o cómo se adapta a tu caso específico, no dudes en contactarnos. Estamos a tu disposición para proporcionarte toda la información que necesites.


UNTO DE MEDIACIÓN está inscrita como entidad de Mediación en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación.

Mediadores e Instituciones de Mediación (mjusticia.gob.es)


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